Se elimina del Código Fiscal riesgo de vulneración de datos personales

Se elimina del Código Fiscal riesgo de vulneración de datos personales

El Tribunal Supremo de México invalidó recientemente una disposición del Código Fiscal de la Federación que permitía a las autoridades y a particulares acceder a datos personales de los contribuyentes para fines de verificación de identidad. Esta sentencia, derivada de una acción interpuesta por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), elimina la posibilidad de compartir información sensible sin el consentimiento expreso. La decisión prioriza el derecho a la autodeterminación informativa, garantizando que la privacidad y los derechos íntimos de los ciudadanos no se vean comprometidos por exigencias del Estado o de terceros. Este cambio jurídico subraya la importancia crucial de proteger los datos biométricos sensibles, como las huellas dactilares y los escaneos del iris, recopilados durante los procesos de firma electrónica. Al bloquear el intercambio no autorizado de datos, la sentencia previene posibles usos indebidos que podrían derivar en robo de identidad o violaciones a la privacidad. El tribunal determinó que las medidas anteriores, destinadas a prevenir el fraude, estaban superadas por su impacto negativo en los derechos humanos fundamentales, estableciendo así una protección más sólida en torno al tratamiento de los datos personales por parte de las instituciones públicas. Este caso es altamente relevante para el ámbito de los datos abiertos, ya que ilustra el delicado equilibrio entre transparencia y privacidad. Las iniciativas de datos abiertos deben respetar los derechos individuales al tiempo que promueven la rendición de cuentas del gobierno. El papel del INAI como árbitro especializado demuestra la necesidad de una supervisión independiente para resolver las tensiones entre el derecho a la información y el derecho a la privacidad. Dicha supervisión asegura que los ecosistemas de datos abiertos no violen inadvertidamente las protecciones fundamentales, reforzando la confianza tanto en las instituciones públicas como en los marcos de derechos digitales.

Fuente: elfinanciero.com.mx
Publicado el 2023-07-05