Deben Instituciones de información crediticias ser obligadas por ley a proteger datos personales: Manuel Herrera
La ley actual mexicana de protección de datos personales en el ámbito privado excluye a las agencias de información crediticia, dejando a los ciudadanos vulnerables ante brechas de seguridad y la explotación comercial de sus datos. Esta laguna legislativa no protege la información personal que poseen las instituciones financieras, a pesar de su papel fundamental en la gestión de datos sensibles de los consumidores. La situación evidencia una falla sistémica en la rendición de cuentas del sector privado, donde entidades como las burós de crédito operan al margen de los marcos normativos estándar de privacidad, lo que ha derivado en incidentes de acceso no autorizado y venta de datos. Expertos jurídicos y legisladores sostienen que esta exención contradice los principios constitucionales establecidos por la Suprema Corte, la cual determinó que las instituciones crediticias deben cumplir con las normas de protección de datos. La exclusión vulnera el derecho a la privacidad de la información y genera inconsistencia con las leyes de transparencia. En consecuencia, los ciudadanos carecen de recursos legales adecuados cuando sus datos financieros se ven comprometidos, quedando expuestos a riesgos que el marco jurídico vigente pretendía prevenir. Este tema es altamente relevante para la iniciativa de datos abiertos, ya que demuestra los peligros de entornos regulatorios fragmentados. Garantizar una protección uniforme de los datos en todas las entidades privadas es esencial para fomentar la confianza en los ecosistemas de datos. Sin normas coherentes, los esfuerzos por promover los datos abiertos y la transparencia se ven socavados por vulnerabilidades de seguridad en sectores financieros clave, lo que hace necesarias reformas legales que prioricen la privacidad ciudadana por encima de las exenciones corporativas.
Fuente: elpuntocritico.comPublicado el 2024-03-07