S.19(8)(b) RTI Act | No Compensation Can Be Granted Unless Actual Loss Or Detriment Due To Delayed Information Shown: Patna High Court

S.19(8)(b) RTI Act | No Compensation Can Be Granted Unless Actual Loss Or Detriment Due To Delayed Information Shown: Patna High Court

El Tribunal Superior de Patna reafirmó el estándar legal según el cual la indemnización prevista en la Ley de Derecho a la Información no es automática, sino que requiere que los solicitantes demuestren una pérdida o perjuicio real causado por la divulgación tardía de la información. Al desestimar una petición en la que el peticionario no logró demostrar daños específicos, el Tribunal aclaró que la mera demora, sin un impacto negativo acreditado, no constituye fundamento suficiente para otorgar compensaciones económicas. Esta sentencia establece una carga probatoria más estricta para los reclamantes, desplazando el enfoque de las infracciones procedimentales hacia las consecuencias tangibles para el buscador de información. El fallo distingue este caso de resoluciones anteriores en las que se concedió indemnización, señalando que los argumentos de paridad no prosperan cuando la naturaleza de la información solicitada difiere significativamente. El Tribunal destacó que, mientras que en otros casos se trataba de la no entrega de documentos críticos, como los cuadernos de respuestas, en este caso el solicitante recibió los datos de registro solicitados, aunque con retraso. En consecuencia, la falta de impugnación de la orden inicial de la Comisión debilitó aún más la petición, enfatizando que la firmeza de las decisiones administrativas desempeña un papel crucial para limitar las reclamaciones posteriores de compensación. Esta decisión es altamente relevante para el activismo en favor de los datos abiertos, pues subraya las limitaciones de los mecanismos legales para garantizar la transparencia. Sugiere que, sin un daño personal demostrable, la promesa de compensación bajo la Ley de Derecho a la Información permanece en el ámbito teórico, lo que podría reducir el incentivo para que las autoridades públicas prioricen la divulgación oportuna de los datos. Para las iniciativas de datos abiertos, esto resalta la necesidad de contar con sólidas medidas de rendición de cuentas sistémicas que vayan más allá de las quejas individuales, ya que la vía legal por sí sola puede no ser suficiente para compelir la entrega oportuna y accesible de la información gubernamental sin una evidencia clara de perjuicio para el usuario.

Fuente: livelaw.in
Publicado el 2025-04-24