El Tribunal Supremo niega el Ingreso Mínimo a un padre separado al no estar los hijos en su padrón

El Tribunal Supremo niega el Ingreso Mínimo a un padre separado al no estar los hijos en su padrón

El Tribunal Supremo de España ha dictaminado que un padre con custodia compartida no puede solicitar el Ingreso Mínimo Vital como adulto acompañado de dos menores, ya que los niños no están empadronados en su domicilio, sino en el de la madre. Esta decisión aclara que las disposiciones legales vinculan estrictamente la evaluación del importe de la prestación al domicilio de los menores, prevaleciendo sobre los argumentos relacionados con el tiempo físico compartido. El fallo subraya la aplicación literal de la normativa vigente, que establece que los hijos en régimen de custodia compartida pertenecen a la unidad familiar en la que están oficialmente empadronados. En consecuencia, no cabe interpretación alguna respecto al cálculo o asignación de la prestación, garantizando la coherencia administrativa basada en los datos oficiales de registro, más que en los acuerdos de convivencia. Este caso es de gran relevancia para la iniciativa de datos abiertos, pues destaca la importancia crítica de contar con datos precisos, accesibles e interoperables del registro civil para determinar los derechos sociales. Demuestra cómo las decisiones administrativas dependen de puntos de datos específicos y verificables, como el empadronamiento municipal, para aplicar la ley de manera justa. Para las iniciativas de datos abiertos, esto subraya la necesidad de contar con conjuntos de datos públicos fiables que respalden una distribución transparente y jurídicamente sólida de las prestaciones sociales.

Fuente: heraldo.es
Publicado el 2025-08-12