El acceso a la información tiene como límite la protección del secreto fiscal
El acceso a la información tiene como límite la protección del secreto fiscal
La Corte Suprema de Justicia revocó sentencias previas que habían favorecido a la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), ordenando a la AFIP mantener el secreto fiscal sobre datos específicos de contribuyentes. El máximo tribunal estableció que la información solicitada, como la identidad de los beneficiarios de reembolsos y beneficios fiscales, así como los montos individuales percibidos, constituye datos personales protegidos por la ley. Al considerar que estas solicitudes revelan declaraciones juradas y juicios contenciosos, la Corte concluyó que el acceso a la información pública no puede prevalecer sobre la garantía legal de privacidad y seguridad jurídica de los contribuyentes. La decisión subraya que la protección del secreto fiscal es expresa y excluye estos datos del derecho de acceso a la información pública, salvo las excepciones estrictamente definidas por la ley. La Corte rechazó la posibilidad de realizar procesos de disociación o anonimización masiva para liberar la información, argumentando que esto implicaría una intervención legislativa sobre la política fiscal. Se enfatizó que cualquier ampliación de las excepciones al secreto fiscal corresponde exclusivamente al Congreso Nacional, no al Poder Judicial, consolidando así una interpretación restrictiva sobre la transparencia de datos tributarios individuales. Este fallo es relevante para el movimiento de open data porque define los límites prácticos entre la transparencia gubernamental y la protección de la privacidad en el sector fiscal. Confirma que los datos tributarios individuales no son "datos abiertos" por defecto, sino información restringida cuya liberación requiere una reforma legislativa explícita. Para los defensores de la transparencia, esto significa que las solicitudes de datos fiscales detallados deben abordar la privacidad desde su diseño, reconociendo que la agregación estadística es el único camino viable para la divulgación sin violar derechos fundamentales, limitando así el alcance inmediato de la apertura de bases de datos gubernamentales sensibles.
Fuente: ellitoral.comPublicado el 2025-10-26
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